Empresa responsable: Kairós SpA, RUT 77.525.552-8 ("Soy Doctor" o "la Empresa"), sitio web soydoctor.cl.
1. Qué es el Programa de Referidos
El Programa de Referidos es un programa voluntario mediante el cual una persona o empresa (el "Referidor") recomienda Soy Doctor a médicos y recibe una comisión por cada médico que, gracias a esa recomendación, se suscriba y efectivamente pague su suscripción, todo según las reglas de este documento.
La participación en el Programa implica la aceptación íntegra de estos Términos y Condiciones.
2. Quién puede participar (requisitos)
Para participar, el Referidor debe:
- Ser una persona natural mayor de 18 años, o una empresa legalmente constituida.
- Contar con RUT vigente.
- Para poder cobrar comisiones, estar en condiciones de emitir a la Empresa el documento tributario que corresponda: boleta de honorarios electrónica si es persona natural, o factura si es empresa.
- Entregar datos bancarios válidos para recibir los pagos.
- Aceptar estos Términos y Condiciones.
Declaración de mayoría de edad. Al registrarse, el Referidor declara expresamente ser mayor de 18 años. La veracidad de esta declaración es de exclusiva responsabilidad del Referidor. La Empresa no verifica la edad de los participantes y no responde por declaraciones falsas.
Quien no pueda emitir el documento tributario correspondiente no podrá recibir pagos, aunque haya generado comisiones.
3. Cómo funciona
- La Empresa entrega a cada Referidor un código único y un enlace para compartir.
- Para que un médico quede atribuido a un Referidor, el médico debe registrarse y suscribirse a través del enlace o código de ese Referidor.
- La atribución se registra al momento de la suscripción del médico y queda fija: no cambia después.
- No hay límite en la cantidad de médicos que un Referidor puede traer.
- Está prohibido auto-referirse (usar el Programa para la propia suscripción del Referidor) y cualquier forma de fraude (ver punto 7).
4. La comisión
- La Empresa pagará una comisión fija de $25.000 CLP por cada mes efectivamente pagado por el médico referido, mientras este mantenga su suscripción activa.
- El primer mes del médico es gratuito; por lo tanto, la comisión se genera desde el segundo mes pagado en adelante.
- La comisión aplica hasta un tope de meses por médico, informado al Referidor al momento de su registro (por defecto, 6 meses pagados, equivalentes a un máximo de $150.000 por médico). El tope vigente al momento de la atribución es el que se aplica a ese médico, aunque después cambie para nuevos médicos.
- La comisión se genera solo cuando el pago del médico se realiza efectivamente. No se paga comisión por registros que no terminan en un pago.
- El Programa no garantiza ingresos: las comisiones dependen exclusivamente de las suscripciones pagadas que se atribuyan al Referidor.
- Los montos están expresados en pesos chilenos.
5. Pago al Referidor
- Los pagos se realizan de forma mensual. En ningún caso se adelanta el total de comisiones futuras.
- Para cobrar, el Referidor debe emitir a la Empresa el documento tributario correspondiente (boleta de honorarios si es persona natural; factura si es empresa). Sin ese documento no se realiza el pago.
- Si el Referidor es persona natural, la Empresa retendrá y enterará el impuesto que establezca la ley vigente sobre las boletas de honorarios, descontándolo del monto de la comisión. El Referidor recibe el monto líquido resultante. (A modo informativo, la retención aplicable durante 2026 es de 15,25%; este porcentaje se ajusta conforme a la ley.)
- Si el Referidor es empresa, emite factura con el IVA que corresponda, sin retención.
- El pago se realiza a la cuenta bancaria informada por el Referidor. El Referidor es responsable de mantener esos datos correctos y actualizados; la Empresa no responde por pagos enviados a datos erróneos entregados por el Referidor.
- El Referidor es el único responsable del cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias.
- Plazo para cobrar. Las comisiones generadas deben cobrarse —mediante la emisión del documento tributario correspondiente— dentro de 6 meses desde que quedan disponibles. Transcurrido ese plazo sin que el Referidor emita el documento, la Empresa no estará obligada a pagarlas.
6. Reversa de comisiones
Si el médico referido obtiene un reembolso, se produce un contracargo, o el pago se anula por cualquier causa, la comisión correspondiente a ese mes se revierte automáticamente. Si esa comisión ya hubiera sido pagada al Referidor, el monto se descontará de pagos futuros.
7. Conducta y antifraude
Está prohibido, entre otras conductas:
- Auto-referirse o referir a personas o cuentas controladas por el propio Referidor.
- Crear médicos, cuentas o suscripciones falsas.
- Usar spam, publicidad engañosa, suplantación de identidad o cualquier medio que induzca a error.
- Cualquier práctica que vulnere estos Términos, las reglas de las plataformas utilizadas, o la ley.
La Empresa podrá, ante el incumplimiento de estas reglas: suspender o anular la participación del Referidor, retener o no pagar comisiones obtenidas de forma irregular, y ejercer las acciones que correspondan.
8. Naturaleza de la relación
El Referidor participa de forma independiente. Estos Términos y Condiciones no crean vínculo laboral, de dependencia ni de subordinación con la Empresa, ni constituyen sociedad. El Referidor no es representante de la Empresa ni puede actuar a su nombre.
9. Datos personales
La Empresa tratará los datos del Referidor (incluidos RUT y datos bancarios) con la única finalidad de operar el Programa y realizar los pagos, conforme a la Ley 19.628 y, a partir de su entrada en vigencia, la Ley 21.719. El Referidor podrá ejercer los derechos que la ley le reconoce sobre sus datos.
10. Cuenta del Referidor
El Referidor accede a su cuenta personal mediante usuario y contraseña. En ella puede consultar su código, su enlace para compartir, los médicos referidos y el estado de cada uno, las comisiones generadas y pagadas, y mantener sus datos bancarios. El Referidor es responsable de la confidencialidad de su contraseña y de toda actividad realizada con ella.
11. Modificaciones y término del Programa
La Empresa podrá modificar estos Términos y Condiciones o poner término al Programa en cualquier momento, comunicándolo por los medios habituales. Las comisiones ya generadas conforme a las reglas vigentes al momento de la atribución se respetarán.
12. Ley aplicable
Estos Términos y Condiciones se rigen por las leyes de la República de Chile. Cualquier dificultad o controversia que se produzca entre el Referidor y la Empresa con motivo de la aplicación, interpretación, cumplimiento o terminación de estos Términos será resuelta mediante arbitraje, conforme al Reglamento del Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago (CAM Santiago) vigente al momento de solicitarlo. Las partes confieren poder especial irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G. para que designe al árbitro de entre los integrantes del cuerpo arbitral del CAM Santiago. El arbitraje tendrá lugar en Santiago de Chile.
13. Aceptación
Al registrarse y marcar la casilla de aceptación, el Referidor declara que ha leído y aceptado estos Términos y Condiciones, y que es mayor de 18 años.